miércoles, 29 de agosto de 2012

3.1.1. PRINCIPIOS DE APLICACIÓN TECNOLÓGICA EDUCATIVA

Siguiendo la Constitución Española de 1978 en su artículo 27 “Todos los ciudadanos tienen derecho a la educación” sin distinción ante cualquier tipo de discapacidad. Por ello, entre los profesionales de la educación debemos intentar llevar a cabo este derecho educativo en las mejores condiciones posibles.
Y para garantizar la comunicación entre personas con déficit auditivo o cualquier otro tipo de deficiencia, es fundamental centrarse en las capacidades y potencialidades que tenga dicha persona, en el uso de los recursos tradicionales y en la aplicación de ayudas técnicas que sean necesarias.
Hoy en día adquieren especial importancia el uso de las tecnologías las cuales nos permiten ampliar conocimientos y reforzar los aprendizajes adquiridos de una forma más lúdica y motivadora para los alumnos.
Para ello siempre debemos tener presentes unos principios de aplicación tecnológica educativa en la atención a este tipo de alumnos tales como:
-  Fomentar la normalización, integración social e inclusión educativa de los deficientes auditivos.
-  En la intervención educativa partir de las capacidades individuales de los alumnos.
-  Facilitar el aprendizaje significativo basado en la teoría de Ausubel.
- Utilizar diariamente diferentes recursos tecnológicos accesibles para deficientes auditivos como apoyo y ayuda a la labor educativa.
- Potenciar actividades de trabajos cooperativos para mejorar la interacción y socialización con el resto de compañeros.
-  Aportarles progresivamente un cierto grado de autonomía utilizando recursos que nos ayuden en esa tarea.
-  Hacerles partícipe de la importancia y utilidad de los recursos tecnológicos en la sociedad.

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